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AGENCIA DE LA PROCURADURÍA DE PROTECCIÓN DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES ADSCRITO AL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL MUNICIPIO DE ATOTONILCO EL ALTO JAL.

La agencia de la procuraduría de protección de niñas, niños y adolescentes tiene la responsabilidad de velar y proteger, en el ámbito de su competencia, los derechos de los niños niñas y adolescentes dentro del municipio de Atotonilco el Alto. Jal.

                Objetivo Institucional

Atender, apoyar, proteger y representar a las Niñas, Niños y Adolescentes del municipio,

a fin de colaborar en su desarrollo integral.

  Principales Funciones:

1. Procurar la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, prevista en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales, la Ley General, esta Ley y demás disposiciones aplicables.

2. Prestar asesoría y representación en suplencia a niñas, niños y adolescentes involucrados en procedimientos judiciales o administrativos, sin perjuicio de las atribuciones que le correspondan al Ministerio Público, así como intervenir oficiosamente, con representación coadyuvante, en todos los procedimientos jurisdiccionales y administrativos en que participe, niñas, niños y adolescentes.

3. Fungir como conciliador y mediador en casos de conflicto familiar, cuando los derechos de niñas, niños y adolescentes hayan sido restringidos o vulnerados, conforme a las disposiciones aplicables. La conciliación no procederá en casos de violencia;

4. Denunciar ante el Ministerio Público aquellos hechos que se presuman constitutivos de delito en contra de niñas, niños y adolescentes;

5.- Integrar expediente para acreditar la identidad y filiación para niñas, niños y adolescentes de los que no hubiera sido declarado su nacimiento dentro de los ciento ochenta días siguientes a éste; así como emitir autorización de registro extemporáneo, y solicitar a los oficiales del Registro Civil el registro de nacimiento y la expedición inmediata y sin dilación alguna de las actas de registro extemporáneo, de conformidad a la legislación en la materia;

6.-  Practicar visitas de verificación o inspección a cualquier domicilio o albergue a petición de autoridad competente, que albergue, que tenga bajo su cuidado y vigilancia o, en su caso, guarda y custodia a niñas, niños o adolescentes;

7.- Solicitar el apoyo, en su caso, a la Fiscalía o Ministerio Publico, para la realización de las diligencias necesarias para salvaguardarlos derechos e interés superior de las niñas, niños y adolescentes;

       8.- Promover los derechos de niñas, niños y adolescentes y el respeto de los mismos; y 

Cualquier intervención, colaboración o actuación de conformidad a sus competencias y atribuciones, como Agente de la Procuraduria, en beneficio las Niñas, Niños y Adolescentes que asi lo requieran.

Orientacion Alimentaria del Sistema DIF Atotonilco.

Platicas Nutricionales:

Tecnica de lavado de manos;

Buenas practicas de higiene para procesar alimentos;

Aumento en el Consumo de verduras y agua;

Medidas basicas de seguridad.